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COE Nacional emitió resolución aclaratoria referente a viajeros que ingresen a Ecuador desde Reino Unido, Australia, Sudáfrica y de la Unión Europea

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El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional emitió este 22 de diciembre una resolución aclaratoria referente a los a viajeros que ingresen a Ecuador desde Reino Unido, Australia, Sudáfrica y de la Unión Europea ante la nueva cepa del COVID-19. Ello debido a las confusiones generadas tras los anuncios del Gobierno.

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En el documento de este martes se indica que: Con relación al acceso al país de los ciudadanos nacionales y extranjeros que se embarquen en puertos y aeropuertos provenientes del Reino Unido, Australia, Sudáfrica y de la Unión Europea, independientemente de las escalas que realicen, se encuentran sometidos al protocolo indicado en el literal b) de la resolución del 21 de diciembre.

Para los viajeros provenientes del Reino Unido, Australia, Sudáfrica y de la Unión Europea que ingresen al país el día 22 de diciembre, o mediante vuelos humanitarios independientemente de la fecha, deberán presentar lo siguiente:

  1.  Prueba RT-PCR negativa, con 10 días de anticipación a su viaje.
  2. Sin perjuicio de lo anterior, al ingreso al país, se realizarán la prueba de antígeno, la cual será tomada en los puntos de entrada aéreos y marítimos. Esta prueba estará a cargo del Ministerio de Salud Pública.
  3. De resultar positiva la prueba rápida de antígeno, el pasajero será considerado como caso confirmado para COVID-19 y deberá realizar aislamiento obligatorio, por al menos diez (10) días, contados a partir de la fecha de toma de la muestra.
  4. En caso de viajeros residentes en Ecuador este aislamiento lo realizarán en la dirección que declaró a su ingreso.
  5. En caso de viajeros no residentes en Ecuador lo realizarán en los hoteles previamente acordados.

Con relación a los literales c) y d) de la Resolución del COE de 21 de diciembre de 2020, se aclara que para los no residentes que apliquen al aislamiento obligatorio, lo realizarán en los hoteles autorizados exclusivamente si no cuentan con una dirección domiciliaria en la cual realizarlo.

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, deberá activar y coordinar el Puesto de Mando Unificado (PMU), a fin de que articule las gestiones de las entidades públicas que, en sus áreas de gestión, contribuyen al ingreso al país de ecuatorianos y extranjeros.

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