Luego de cinco días de audiencia de juicio, en los que la Fiscalía General del Estado y las defensas de los procesados presentaron sus elementos probatorios ante un Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, los jueces resolvieron ratificar el estado de inocencia de María Sol Larrea, exfuncionaria del IESS, y a su esposo Marcelo E. Según los magistrados, ellos ya fueron juzgados, la primera por enriqueciendo ilícito y el segundo por enriquecimiento privado no justificado, por lo tanto ‘no se puede juzgar dos veces por los mismos hechos’.
Por su parte, Carlos E., cuñado de María Sol Larrea, recibió una pena privativa de libertad de seis años por el delito de lavado de activos. Además, deberá cumplir con el pago de una multa que supera los 980.000 dólares, que corresponde al doble del dinero lavado.
Asimismo, se dispuso la disolución y extinción de las personas jurídicas Dialilife, Guederian, Dialvida y Nipseservicos, también como responsables del delito.
Este criterio no es compartido por Fiscalía, razón por la cual presentará la apelación al fallo.
En la audiencia de juicio, que durante varias jornadas se extendió por más de doce horas, la Fiscalía General del Estado presentó gran cantidad de pruebas periciales, testimoniales y documentales con las cuales sustentó su teoría del caso y llevó a los jueces al convencimiento de la culpabilidad de los procesados en el delito de lavado de activos.
La investigación de Fiscalía determinó que, entre 2008 y 2018, los procesados habrían obtenido de forma irregular contratos por aproximadamente 91,1 millones de dólares, a través de las empresas creadas por los procesados y que tuvieron como principal cliente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), seguido por coordinaciones zonales de Salud y el Ministerio de Salud Pública.
Según la prueba presentada por Fiscalía, el delito se habría cometido con la utilización de las personas jurídicas, a través de las cuales se habría colocado dinero en el sistema financiero nacional. Esos fondos habrían sido transferidos entre las empresas, simulando que provenían de proveedores y clientes.
En este caso, el Tribunal aplicó el principio de favorabilidad y la sanción se impuso con base en Ley de Lavado de Activos, norma vigente antes del Código Orgánico Integral Penal.
María Sol Larrea, ha sido sentenciada en otras dos causas por tráfico de influencias: una en 2017, por irregularidades en un contrato por servicios de limpieza en varias unidades médicas del IESS; y, otra en 2018, por irregularidades en un contrato para la adquisición medicamentos de esa entidad.
Por cada uno de estos casos recibió un año de privación de libertad.
Además, actualmente cumple una pena de ocho años de prisión por peculado.