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COE Nacional anuncia nuevas disposiciones del semáforo para julio; hay excepciones para Quito

Los sitios con más casos de COVID-19 en Quito actualmente API Los sitios con más casos de COVID-19 en Quito actualmente API

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional anunció las nuevas disposiciones del semáforo epidemiológico, para julio. Sin embargo, en Quito que rige el amarillo habrá excepciones.

Las nuevas medidas van desde el horario en el toque de queda, reactivación de actividades sociales con un máximo de personas, y apertura de cines y teatros con el 30% de aforo.

Nuevas medidas para semáforo rojo

  1. Horario de toque de queda de 18h00 a 05h00.
  2. Vehículos particulares circulan 2 días a la semana de lunes a viernes, se incluye a motos, no circulan los sábados y domingos.
  3. Taxis, transporte mixto y carga liviana par e impar de lunes a sábado; domingo circulan todos sin restricción de placa.
  4. Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa, cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
  5. Transporte urbano podrá circular conforme las restricciones establecidas por el GAD Municipal, cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad.
  6. Atención Médica, se autorizan las consultas médicas externas de todas las especialidades, además, de las cirugías programadas y los programas de protección sanitaria y social a grupos vulnerables.
  7. Transporte Interprovincial no puede circular.
  8. Movilización autorizada para los profesionales del derecho con su credencial como habilitante.
  9. La emisión de salvoconductos se mantiene.
  10. Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 30%.
  11. Las reuniones sociales, públicas o privadas, se mantienen prohibidas.
  12. La actividad comercial se reanuda con el 30% del aforo permitido en cada establecimiento.

Nuevas medidas para semáforo amarillo

  1. Horario de toque de queda de 23:00 a 05:00. Excepto para Quito, se mantiene el horario de toque de queda de 21:00 a
    05:00.
  2. Vehículos particulares circulan pares e impares, de lunes a sábado. Los domingos 05 y 19 de julio, podrán circular vehículos con placa impar, mientras que los domingos 12 y 26 podrán circular los vehículos con placa par.
  3. Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción de placa.
  4. Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
  5. Transporte urbano al 50% de su aforo.
  6. Transporte intraprovincial autorizado con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.
  7. Transporte interprovincial al 50% del aforo, únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.
  8. Transporte marítimo y fluvial de personas autorizado al 50% del aforo.
  9.  Turismo marítimo con pernoctación autorizado y en cumplimiento a protocolos de bioseguridad.
  10. Transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.
  11. La emisión de salvoconductos se mantiene vigente para necesidades médicas y los de la cadena productiva, exportación, alimentos (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes piloto aprobados por el COE Nacional para el retorno progresivo de actividades. Se eliminan los salvoconductos emitidos para entregas a domicilios.
  12. Centros comerciales y restaurantes, se permite la atención al público con el 50% del aforo permitido. Excepto para Quito, en esta ciudad se deberá mantener el 30% de aforo en estos establecimientos.
  13. Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%. Excepto para Quito, se reanudan las actividades laborales presenciales al 25%, en el sector público.
  14. Se autorizan velorios con hasta 25 personas.
  15. Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas, asegurando el distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de bioprotección. Excepto para Quito.
  16. Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo permitido. Excepto para Quito, estos establecimientos se mantienen cerrados.
  17. Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales (excepto el Parque Nacional Yasuní), con el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá implementar un protocolo para este fin.
  18. Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, se deben respetar los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional.

Nuevas medidas para semáforo verde

  1. Se elimina el toque de queda.
  2. El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo, alternando circulación por número de placas, par e impar.
  3. Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días.
  4. Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos emitidos para este fin.
  5. Transporte urbano al 50% de su aforo.
  6. Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.
  7. Transporte interprovincial únicamente, entre cantones en amarillo o verde que han acordado la prestación del servicio a través de sus terminales terrestres.
  8. La emisión de salvoconductos se mantiene únicamente para el sector de la cadena productiva, exportación, alimentos, (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes piloto aprobados por el COE Nacional para el retorno progresivo de actividades. Se eliminan los salvoconductos emitidos para necesidades médicas.
  9. Restaurantes y centros comerciales se permite la atención al público, con el 50% del aforo permitido.
  10. Plan piloto: Los gimnasios podrán reanudar sus actividades, previamente aprobado por el COE Cantonal, con base a los protocolos aprobados por el COE Nacional.
  11. Se autoriza la realización de velorios con la presencia de 25 personas máximo.
  12. Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas y en espacios que garanticen el
    distanciamiento social requerido (2 metros entre personas)

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