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Militares podrán usar armas de fuego durante el estado de excepción

El ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, firmó un documento para que los militares puedan hacer uso progresivo de la fuerza. La institución señaló que el reglamento, de 10 páginas, no se trabajó de la noche a la mañana sino que tomó un tiempo prolongado y que no tiene que ver con la coyuntura del país.

El uso progresivo de la fuerza se aplicará en los siguientes casos:

  1. Ante reuniones, manifestaciones, disturbios internos y otras situaciones de violencia interna, las cuales deriven en grave conmoción interna o calamidad pública. Esto, previa declaratoria del estado de excepción que disponga del empleo de las Fuerzas Armadas.
  2. También se podrá usar cuando se protejan zonas de seguridad relacionadas con la zona fronteriza o áreas reservadas de seguridad.
  3. En el control de armas, municiones y explosivos
  4. En operaciones de apoyo a otras instituciones del Estado
  5. En el ejercicio del rol de policía marítima

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Además, en el documento se detalla que existirán cinco niveles para el uso de la fuerza: riesgo latentes, resistencia psicológica o pasiva, resistencia defensiva, resistencia agresiva y resistencia agravada.

Según el artículo 8 del documento solo en el último de los niveles se podrá usar armas de fuego.

¿Qué material usará el ejército?

  1. Material antimotines y antidisturbios, incluidas armas con munición no letal
  2. Armas con munición noi letal
  3. Vehículos con o sin blindaje

El uso de la fuerza se aplicará para neutralizar o reducir el nivel de amenaza o resistencia. Además, se indica que esta será de una medida excepcional y proporcional.

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