El director Cristian León Ortiz, acompañado de el general Manuel Iñiguez Sotomayor, nuevo director nacional de Educación de la Policía Nacional, anunciaron en rueda de prensa la convocatoria para el reclutamiento de personal para la Policía Nacional del Ecuador.
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Para este nuevo período se tiene planificado un cupo de 2000 vacantes para las dos carreras: nivel directivo (200 cupos) y técnico operativo (1 800 cupos). Estas están distribuidas de la siguiente manera:
Directivo: 30 mujeres y 170 cupos para hombres
Operativo: 270 mujeres y 1530 vacantes para hombres
Aspirante Nivel Directivo
La formación será de 4 años en la Escuela Superior de Policía «Gral. Alberto Enríquez Gallo» ubicada en la ciudad de Quito. Se graduarán con el grado de Subteniente de Policía de la República del Ecuador y obtendrán el título de Licenciado/a en Ciencias Policiales y Seguridad Ciudadana otorgado por la Universidad Central del Ecuador.
Aspirante Nivel Técnico Operativo
La formación será de 2 años en las Escuelas de Formación Policial a nivel nacional. Se graduaran con el grado de Policía Nacional de la República del Ecuador y obtendrán el título de Técnico Superior en Seguridad Ciudadana y Orden Público otorgado por un Instituto Técnico Superior.
Las inscripciones se podrán realizar desde el martes 14 de enero hasta el 17 de enero del 2020 de manera interrumpida. Para inscribirte has click aquí.
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Requisitos
- Ser de nacionalidad ecuatoriana por nacimiento o naturalización
- Tener 18 años y no exceder de 25 años.
- Tener una estatura mínima de 1,68 (hombres) y 1,57 metros (mujeres)
- Ser bachiller y poseer título y/o acta de grado, legalmente registrado y refrendado por el Ministerio de Educación, en el caso de títulos extranjeros deberán encontrarse homologados.
- Tener una nota habilitada del examen nacional “Ser Bachiller”: 800 puntos para nivel directivo y 750 para nivel técnico operativo.
- No haber excedido el número de matriculas determinadas en cada entidad de educación superior pública
- No haber sido dado de baja por cualquier circunstancia por solicitud involuntaria de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
- No haber sido destituido de alguna de las entidades de Seguridad reguladas en el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.
- No haber sido separado por cualquier circunstancia inclusive por solicitud voluntaria de algún centro o escuela de formación de las entidades reguladas.
- No poseer antecedentes penales, ni registrar procesos judiciales de carácter penal pendientes
- No haber recibido una sentencia condenatoria ejecutoria en su contra por puntos de violencia intrafamiliar o de género.
- No encontrar inmerso en algunas de las inhabilidades contempladas en el Art 34 del COIP.