El divorcio disuelve el vínculo matrimonial y deja a los cónyuges en aptitud para contraer nuevo matrimonio. Ahora las notarías de Ecuador ya pueden divorciar a parejas que tengan hijo menores de edad, en casos de mutuo consentimiento.
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Con la publicación de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos con suplemento del Registro Oficial número 517 entró en vigencia la normativa que avala que el divorcio con hijos se pueda realizar en notarias.
Recordemos que la reforma realizada en 2006 involucró la aplicación de los procedimientos de disolución del matrimonio y la unión de hecho por mutuo consentimiento .
Con la nueva Ley Orgánica Reformatoria al Código General de Procesos permite que las parejas con hijos decidan divorciarse y así poder acudir al notario más cercano.
Para poder realizar el divorcio en una notaria tendrán que llenar un documento de cuatro páginas en la página web del Consejo de la Judicatura. Ahí se debe detallar información personal, información del matrimonio y firmas de las partes.
Posterior a ellos las parejas deben presentarse a la notaría de su preferencia y adjuntar un acta de mediación o de resolución judicial referente al acuerdo previo sobre la tenencia o régimen de visitas y pensión alimenticia de sus hijos.
«Tramitar el divorcio por mutuo consentimiento y terminación de la unión de hecho, únicamente en los casos en que no existan hijos menores de edad o bajo su dependencia según lo previsto en la Ley, y de haber hijos dependientes, cuando su situación en relación a tenencia, visitas y alimentos se encuentre resuelta con acta de mediación o resolución judicial dictada por Juez competente”, señala la normativa vigente.