Por disposición del presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo Caicedo, este se cumplirá la sesión 597 del Pleno con el propósito de proceder al enjuiciamiento político contra de la excanciller María Fernanda Espinosa.
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Este juicio político fue propuesto por Fernando Flores, Byron Suquilanda y Marcelo Simbaña de CREO; Cristina Reyes y Henry Cucalón del PSC; y, René Yandún del BIN. Contó el respaldo de 59 firmas de asambleístas pertenecientes a varios movimientos y partidos políticos representados en la Legislatura. Ellos subrayan que:
«Espinosa incumplió sus funciones como ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en el manejo de la crisis de la frontera norte con Colombia. Además trajo consigo el secuestro y posterior muerte de tres periodistas de El Comercio. Las irregularidades del proceso para la concesión de asilo y posterior nacionalización de Julian Assange. Y la situación de los ecuatorianos residentes en Venezuela». De acuerdo con la Asamblea.
La Comisión de Fiscalización y Control Político, luego de recibir las pruebas de cargo, de descargo y de oficio, emitió el respectivo informe. Y con la recomendación para que el Pleno de la Asamblea continúe con la fase definitiva de juicio político.
¿Cuál será el procedimiento?
De conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la funcionaria enjuiciada políticamente, en la fecha y hora señaladas en el orden del día, ejercerá su derecho a la defensa, alegando ante el Pleno de la Asamblea sobre las acusaciones imputadas en su contra durante tres horas (máximo). En este caso, la exministra comparecerá mediante videoconferencia.
Los asambleístas interpelantes llevarán adelante la interpelación por el lapso de dos horas. Luego, replicará la funcionaria, por un tiempo máximo de una hora.
Finalizada la intervención de la funcionaria, ésta se retirará del Pleno y el Presidente de la Asamblea Nacional declarará abierto el debate. En este podrán intervenir todas las y los asambleístas y exponer sus razonamientos por el tiempo máximo de diez minutos sin derecho a réplica.
De no presentarse al término del debate una moción de censura y destitución, se archivará la solicitud.