Este 24 de marzo serán las elecciones 2019. Durante la jornada, deudores por pensiones alimenticias con boleta de apremio podrían ser detenidos bajo un procedimiento que detalló a METRO ECUADOR el Coronel José Vargas, vocero institucional de la Policía Nacional.
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Vargas recordó que para los comicios seccionales y dar cumplimiento a las boletas de autoridad competente desplegarán 1.947 agentes de la unidad de Policía Judicial. Mientras que 2.793 serán agentes policiales de las diferentes unidades especiales.
Además, cifras de la institución arrojan que en los comicios del 4 de febrero de 2018, (Consulta Popular) se ejecutaron 543 boletas de apremio y 107 boletas de captura; en total fueron 650 boletas ejecutadas.
Se puede alertar a un policía en un recinto electoral
Vargas explicó que una persona puede alertar a un policía sobre un alimentante que tenga boleta de apremio. Debe avisarle al uniformado que se encuentre en los exteriores de un recinto electoral.
«Cuando el deudor de pensiones ingresa a su lugar de votación se le permitirá ejercer su derecho constitucional. Luego, la Policía Nacional le indicará que tiene una boleta de apremio, se le dará lectura de sus derechos y se le trasladará a la autoridad que emitió el documento», explicó el Coronel Vargas.
El vocero policial aseveró que todos los policías están en la obligación de actuar y dar acompañamiento a la afectada que alerta sobre la boleta de apremio.
Llamar al 911, otra alternativa
Otra opción para alertar a la Policía sobre la boleta de apremio que pese sobre un ciudadano, según Vargas, es llamar al 911. A través de la herramienta se debe informar que identificó al deudor y desea que las autoridades le colaboren.
«Los Policías están facultados para actuar constitucionalmente y proceder a la detención del ciudadano que tiene una boleta de apremio o de captura», añadió.
También advirtió que si una persona no tiene boleta de apremio no puede ser aprehendida. «La única forma de detener a un ciudadano es que tenga una boleta emitida por la autoridad competente o por delito flagrante».
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Al finalizar, Vargas aclaró que si un ciudadano es capturado por alguna boleta será puesto a las órdenes del juez que emitió el documento.
¿En qué caso puedo solicitar una orden de apremio?
En el sitio web del Consejo de la Judicatura se explica que se puede solicitar una orden de apremio personal cuando el alimentante adeude dos o más pensiones alimenticias.
Esto conforme al artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos. «En caso de que el padre o la madre incumpla el pago de dos o más pensiones alimenticias, el juzgador a petición de parte y previa constatación mediante la certificación de la respectiva entidad financiera o del no pago, dispondrá el apremio personal hasta por treinta días. Y la prohibición de salida del país. En caso de reincidencia, el apremio personal se extenderá por sesenta días más y hasta por un máximo de ciento ochenta días.»
¿Cuánto tiempo de vigencia tiene una orden de apremio?
El artículo 139 del Código Orgánico General de Procesos señala que la orden de apremio personal cesará cuando: «Transcurra el término de treinta días desde la fecha en que se emitió la providencia y no se haya hecho efectiva, dejando a salvo que la o el juzgador emita nuevamente la orden».
Vale recordar que si existe una orden de apremio se la puede ejecutar solicitando el auxilio a la Policía Nacional.
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