Según la Fiscalía, el acto fue planificado por Susana T. y su hijo Marco S. T. (prófugo), para lo cual contrataron a Jersson C.M., a fin de que ejecute el ataque en contra de una mujer identificada como Ana G.J.
El agresor se confundió y terminó agrediendo a Stephania M., quien se encontraba en el exterior de un local, provocándole quemaduras en la espalda, cuello y extremidades superiores. En la audiencia de juzgamiento, realizada la tarde de este miércoles 10 de octubre en el Complejo Judicial de Durán, el fiscal Harry Velázquez acusó a estas personas según lo dispuesto en el artículo 152 numeral 4, del Código Orgánico Integral Penal, COIP.
A esto, se suman las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 47 numerales 1 y 2, de este mismo cuerpo legal, que se refieren al cometimiento del hecho con alevosía y a cambio de un precio o recompensa.
La Fiscalía presentó como pruebas documentales la denuncia de la ciudadana contra la que iba dirigido el ataque, el parte de aprehensión, la valoración psicológica, los informes médicos legales practicados a la víctima, la inspección ocular y la explotación de información de los teléfonos celulares, que sirvió para comprobar la triangulación de llamadas entre los victimarios.
Además presentó a 11 testigos, entre ellos, los agentes aprehensores e investigadores, médicos peritos, psicólogos, y la hermana de la mujer agredida.
El Tribunal de Garantías Penales, conformado por los jueces Fabián Mármol, Manuel Armas y Martha Gavilánez, dictó sentencia condenatoria en contra de Jersson C.M., (autor directo) y Susana T., (autora mediata pues utilizó a otra persona para cometer el acto ilícito). El fallo contempla el pago de 16 salarios básicos unificados (USD 6.176) y la reparación integral a la víctima por un valor de USD 60.000.