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Beneficiarios de becas o créditos educativos podrán renegociar su deuda

Los beneficiarios de becas o créditos educativos podrán renegociar su deuda y acogerse a la remisión de intereses en la banca pública.

(JGI/Jamie Grill/Blend Images/Getty Images/Blend Images)

Los ciudadanos beneficiarios de becas o créditos educativos podrán acceder a la remisión del 100% de los intereses de su crédito y podrán suscribir convenios de pago. Esto, según lo establece la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, publicada en Registro Oficial el 21 de agosto de 2018.

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En el artículo 19, se dispone la remisión del 100% de intereses, multas y recargos derivados de las obligaciones pendientes de pago hasta el 2 de abril del 2018, por pagos relacionados a los becarios y créditos educativos. Incluye a créditos otorgados por cualquier institución pública o por el anterior Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo, IECE, actualmente Instituto de Fomento al Talento Humano (IFTH), a través de la banca pública o la que se encuentra a cargo del Estado.

Los beneficiarios de becas o créditos educativos que actualmente tengan incoados en su contra acciones de cobro podrán acogerse a esta remisión, para lo cual, podrán suscribir convenios de pago con facilidades hasta de tres (3) años.

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¿Cómo acogerse a la remisión?

En caso de incumplimientos de dos o más cuotas consecutivas del convenio de pago, por causas imputables al beneficiario de la beca o del crédito educativo, se dejará insubsistente la remisión contemplada en esta Ley.

Por lo tanto, la institución pública o el Instituto de Fomento al Talento Humano, deberá proceder inmediatamente al cobro de la totalidad de lo adeudado, incluido intereses, multas y recargos.

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Para acogerse a la remisión, los beneficiarios de la misma tendrán 90 días contados a partir de la publicación de la presente Ley en el Registro Oficial.

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¿Cómo saber si está al día en el crédito educativo o a su vez conocer el saldo?

Si se desea conocer las obligaciones financieras y saldos, el beneficiario o apoderado debe acercarse a cualquiera de las Coordinaciones Zonales a nivel nacional en el caso de que su operación se encuentre vencida más de 90 días.

También puede acercarse a las agencias del Banco del Pacífico a nivel nacional, si su operación de crédito se encuentra al día en el pago de sus cuotas, o presenta vencimiento inferior a los 90 días, según indica el IFTH en su página web.

 

 

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