Por unanimidad, la comisión especializada aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. El cuerpo legal crea un Sistema Nacional que armonizará, entre diferentes instituciones, normas, protocolos, procedimientos y mecanismos que permitirán planificar, ejecutar y evaluar acciones integrales para la respuesta efectiva del Estado.
El Sistema lo integran catorce instituciones que tendrán la obligación de articular acciones para cuatro ejes: prevención, atención, protección y reparación integral. En toda actividad observarán el principio de descentralización y desconcentración en la provisión de servicios y en la ejecución de medidas.
Estas facultades las tendrán los ministerios de Justicia, Educación, Salud, Seguridad, Trabajo, Inclusión Económica y Social; Consejo de la Judicatura, Fiscalía, Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo, Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información, gobiernos autónomos descentralizados, Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. y Consejo Nacional para la Igualdad de Género.
En la Ley se plantean mecanismos de sensibilización y concienciación para la prevención de esta problemática. El fin es eliminar progresivamente los patrones socioculturales y estereotipos que se justifican o naturalizan la violencia.
Aquí se establecen obligaciones generales para los medios de comunicación. Se busca que velen porque la difusión de la información, relacionada con la violencia hacia las mujeres, sea tratada con la correspondiente objetividad informativa en pro de la defensa de los derechos humanos.
Sobre la atención, las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán prestar atención médica, psicológica, socioeconómica y asesoría jurídica a las víctimas. Esto lo harán de manera especializada, interseccional, interdisciplinaria, integral, inmediata y gratuita.
Garantizar la integridad y seguridad de las mujeres víctimas de violencia será parte del eje de protección. Estas serán impuestas por la autoridad competente de manera inmediata. A través de las medidas administrativas, las víctimas tienen derecho a protección especializada por el tiempo que sea necesario para el restablecimiento de su situación anterior a la violación de los derechos de la que fue víctima.
Entre esas medidas se dispondrá la instalación de dispositivos de alerta o riesgo, patrullaje y vigilancia policial, casas de acogida y centros de atención especializados, programas de inclusión social y económica, salud, educación, laboral, entre otras.
Los tenientes políticos, jefes o jefas políticos y las juntas cantonales de protección de derechos serán los órganos competentes para otorgar las medidas administrativas de protección. En tanto, el procedimiento para otorgarlas será ágil e informal en todas sus fases y no requerirá patrocinio profesional.
El proyecto establece, además, que cualquier persona que tenga conocimiento del cometimiento de hechos o actos de violencia podrá solicitar el otorgamiento de estas medidas a favor de la víctima. La autoridad, una vez que conozca sobre la solicitud, verificará, por la sola descripción de los hechos, que se ha producido un acto de violencia contra alguna fémina y otorgará inmediatamente las medidas correspondientes.
Según la propuesta, el sistema contará con un Registro Único de Violencia contra las Mujeres y con un Observatorio, que tendrá por objeto la elaboración de informes, estudios y propuestas para la efectiva implementación de este cuerpo legal.
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