Hoy, 25 de octubre, el Tribunal Penal del Complejo Judicial de Quitumbe negó la acción de protección de grupos de Gais, lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexo (Glbti), que solicitaron en contra de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE) e integrantes de otros grupos religiosos.
El tribunal que trató el caso consideró que las pruebas presentadas fueron insuficientes sobre la supuesta vulneración de derechos en el marco de una marcha denominada «Con mis hijos no te metas», desarrollada el pasado 14 de octubre, organizada por grupos religiosos y auspiciada por la Conferencia Episcopal Ecuatoriana.
Los grupos LGBTI (Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgénero, Transexuales, Travestis e Intersex) presentaron la demanda días antes de la marcha de grupos religiosos, con el objetivo de impedir que se vertieran mensajes homofóbicos o contra la diversidad sexual.
La manifestación religiosa trató de contestar a la supuesta implementación de un «enfoque de género» en el currículo escolar, así como educación sexual a menores.
Incluso la Defensoría del Pueblo, en un comunicado, había señalado que los pronunciamientos de los grupos religiosos promovían «estereotipos e imaginarios sociales con relación a la definición de lo que es una familia natural, con padre y madre» como «modelo único y aceptable».
La Carta Magna, recordó la Defensoría, «reconoce la familia en sus diversos tipos» y señala que el Estado «la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad», constituidas por «vínculos jurídicos o de hecho» y basadas en «la igualdad de derechos y oportunidades».
Hizo además un llamamiento a los así llamados grupos profamilia a evitar en las redes sociales «insultos, frases denigrantes, amenazas», incitación a la violencia o cualquier forma de discriminación, pues dijo que esos «no son argumentos, ni ideas en un debate democrático serio».
EFE
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