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¿Cuáles son los derechos de quienes realicen turismo aventura?

Ayer, 11 de junio de 2017, falleció un joven policía de 23 años al practicar Bungee Jumping en el puente San Francisco en Baños.

En 2014, el Ministerio de Turismo dio a conocer el Reglamento de Operación Turística de Aventura., con el cual se busca regular actividades turísticas de tierra, agua aire y entre otras.

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En el artículo 9 del reglamento se especifican los derechos turistas que realicen modalidades turísticas de aventura tendrán los siguientes derechos:

  1. Tener información clara y precisa del precio, impuestos, y demás tasas aplicables que paga a
    cambio de la operación de la actividad de aventura, así como de los componentes directos o
    complementarios que esta involucra, previo a la contratación de la misma con la agencia de viajes
    operadora o dual.
  2. Recibir el servicio, conforme lo contratado, pagado y promocionado por la agencia de viajes
    operadora o dual.
  3. Solicitar el original de la factura de acuerdo a las modalidades turísticas de aventura contratadas.
  4. Recibir un ejemplar firmado y llenado del formulario de «Descargo de Responsabilidades y
    Asunción de Riesgos» previo a la realización de modalidades turísticas de aventura.
  5. Exigir al guía o instructor o agencia de viajes operadora o dual que se respete lo estipulado en el
    presente Acuerdo.
  6. Recibir la «Charla Instructiva Técnica y de Seguridad» por parte del guía o instructor.
  7. Exigir al guía o instructor se respeten las normas usuales de convivencia, moralidad, decencia y
    orden público durante la duración de las modalidades turísticas de aventura.
  8. Llevar su propio equipo para la realización de modalidades de aventura de considerarlo
    estrictamente necesario siempre y cuando sea el adecuado para la modalidad, cumpla con
    estándares y normas internacionales y sea aprobado por el guía o instructor.
  9. -Recibir de la agencia de viajes operadora o dual equipos, equipamiento, accesorios e
    infraestructura en buen estado de funcionamiento y mantenimiento para la realización de
    modalidades de aventura, conforme lo establecido en este Acuerdo.
  10. Comunicar a la autoridad competente cualquier alteración del orden público, comisión de delitos
    por parte del guía o instructor o la propia agencia de viajes operadora o dual.
  11. Denunciar en el Ministerio de Turismo si la agencia de viajes operadora o dual o el guía o
    instructor realizan modalidades de aventura sin respetar el presente Acuerdo.

Asimismo, también se especifican en el documento las obligaciones que tienen los turistas:

  1. -Leer detenidamente el precio estipulado por la agencia de viajes operadora o dual para cada una
    de las modalidades turísticas de aventura que se oferte, previo a su contratación.
  2. -Pagar el valor de los servicios prestados por la realización de modalidades turísticas de aventura.
  3. -Entregar la información necesaria para llenar la factura correspondiente.
  4. -Firmar el formulario de «Descargo de Responsabilidades y Asunción de Riesgos» previo a la
    realización de modalidades turísticas de aventura.
  5. -Respetar y cumplir con los lineamientos de cada una de las modalidades turísticas de aventura
    que se vayan a realizar acorde a lo estipulado en el presente Acuerdo.
  6. – Escuchar la «Charla Instructiva Técnica y de Seguridad» que esté proporcionando el guía o
    instructor.
  7. -Exhibir el documento de identidad o pasaporte vigente antes de realizar la Modalidad turística de
    aventura contratada.
  8. -Observar las normas usuales de convivencia, moralidad, decencia y orden público durante la
    duración de las modalidades turísticas de aventura.
  9. -Utilizar el equipo, accesorios y equipamiento que la agencia de viajes operadora o dual le
    proporcione para la realización de la modalidad turística de aventura contratada o el equipo propio
    que haya llevado siempre y cuando haya sido aprobado por el guía, respetando lo estipulado en el
    presente Acuerdo.
  10. -Permitir que el guía o instructor revise y apruebe los equipos propios del turista que ha traído
    para la realización de modalidades de aventura.
  11. -Los turistas menores de edad no pueden realizar modalidades turísticas de aventura sin el
    respectivo permiso escrito de sus padres o responsables mayores de edad ni podrán realizar las
    modalidades cuando no hayan cumplido la edad mínima, peso y altura establecidos para cada
    modalidad.
  12. -Entregar a la agencia de viajes operadora o dual la siguiente información personal:
    – Nombres y apellidos
    – Nacionalidad
    – Fecha de nacimiento
    – Número de documento de identidad y/o pasaporte
    – Tipo de sangre
    – Nombre y datos de la persona a contactar en caso de emergencia
    – Datos de cobertura médica y seguros, si los tuviese
    – Condiciones médicas y alergias
  13. -Asumir su responsabilidad en caso de incidentes o accidentes cuando exista negligencia de su
    parte.

 

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