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El Estado no estará obligado a pagar compensación jubilar

Un acuerdo emitido por el Ministerio del Trabajo señala que ahora quienes opten por la renuncia obligatoria “únicamente podrán acogerse al retiro por jubilación, siempre que conste dentro de la planificación y en función de la disponibilidad presupuestaria fiscal que existe”

(M.VENTER-YAPR/Getty Images)

El acuerdo 0094 emitido por el Ministerio del Trabajo, con fecha del 22 de mayo de 2017, sostiene que el Estado no esta obligado a pagar la compensación jubilar establecida en la ley para funcionarios públicos que renuncien de forma voluntaria.

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Según el acuerdo 0094, en su artículo 9 señala que a partir de ahora quienes opten por la renuncia obligatoria «únicamente podrán acogerse al retiro por jubilación, siempre que conste dentro de la planificación y en función de la disponibilidad presupuestaria fiscal que existe».

En el caso de quienes renuncien voluntariamente «podrán renunciar voluntariamente sin que el estado esté obligado a pagar la compensación prevista en el artículo 129 de la Ley Orgánica de Servicio Público».

Al respecto, Miguel García de la Federación de Servidores Públicos dijo en entrevista a Teleamazonas  que «alrededor de 50 mil compañeros que ya estaría cumpliendo con la norma para jubilarse ya no podrían acceder a ese derecho».

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