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Se suspende programa “Hola Mauricio” y multan a publicista

La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) informó este 13 de Febrero que el programa de televisión «Hola Mauricio» fue suspendido de acuerdo con lo establecido en los artículos 69 y 94 de la Ley y 50 de su Reglamento.

Igualmente, el publicista, creador y conductor del mismo deberá cancelar una multa de 10 salarios básicos, como medida administrativa impuesta por , por infringir el artículo 29 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC).

Canal Uno, medio que difundió la publicidad, recibió un llamado de atención para que mejore sus prácticas comunicacionales en garantía del ejercicio de los derechos ciudadanos.

Tras el debido proceso, se determinó que Mauricio Fernando Herrera Alarcón inobservó la LOC, al impedir a través de los mensajes de su programa de televenta, un conocimiento veraz de la realidad por parte de la audiencia.

En tanto, Canal Uno fue considerado corresponsable, según el artículo 71 de la normativa, que establece las responsabilidades comunes que un medio está obligado a observar, por ser la comunicación social un servicio público que debe prestarse con calidad y responsabilidad.

El trámite administrativo inició por una denuncia de Edwin Mauricio Montenegro Meneses, luego de que su hija, Melanie Montenegro, falleció durante una cirugía estética que fue promocionada en el mencionado programa.

Estos son los antecedentes, de acuerdo con la Supercom

– El 04 de enero de 2017, Edwin Montenegro planteó la denuncia contra Canal Uno por presunta infracción al artículo 94 de la Ley de Comunicación. Tras la admisión a trámite, la Supercom dispuso la suspensión provisional del espacio publicitario, de acuerdo con las atribuciones señaladas en la norma y el reglamento.

– La Audiencia de Sustanciación se realizó el 07 de febrero.

– Durante la audiencia, el abogado del medio, Mario Andrade Gagliardo, deslindó la responsabilidad del canal sobre el contenido difundido a través del programa “Hola Mauricio”, por considerar que brindó un servicio público de transmisión de un espacio publicitario. “El medio de comunicación social arrienda una porción de su programación, mas no crea publicidad”, dijo.

– Juan Carlos Pérez, representante de Mauricio Herrera, aseguró que su cliente es un “afectado” más, pues lo desvinculó de la infracción al tratarse de “un publicista”, “un presentador”, más no de un cirujano o médico. Añadió que Herrera “no ve pacientes, no hace prescripciones, no hace cirugías, ni nada, es tan solo imagen de marca”.

– Por su parte, Fausto Carranco, abogado del denunciante, señaló que “en ningún momento en los programas (emitidos) manifiestan algún grado de riesgo o el procedimiento o el protocolo, a fin de garantizar al usuario de que no va a afectar su salud, o peor aún, que puede atentar contra su vida”. Al referirse a los argumentos de Herrera, aclaró que, independientemente de que sea una persona natural, debió cumplir con todos los parámetros antes de ofrecer un servicio publicitario de salud. Carranco enfatizó en que el medio de comunicación tiene responsabilidad solidaria, respecto a los contenidos que emite, según establece la Ley.

Luego del análisis de los elementos jurídicos y las pruebas presentadas, se determinó que “Hola Mauricio” difundió diálogos, mensajes e imágenes que inducen a la confusión de los televidentes pues generan la percepción de que es el proveedor del servicio de salud de cirugías plásticas.

Además, se concluyó que el contenido publicitario emitido impidió el ejercicio normal del derecho de información y el acceso a un conocimiento veraz de la realidad.

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