Ecuador es uno de los países mayores receptores de solicitudes de asilo político, por lo que el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana cuenta con un capítulo relacionado con la protección internacional para refugiados, solicitantes de refugio y asilados.
A quienes solicitan refugio en el país se les asegura el acceso igualitario y el ejercicio de los derechos, sin discriminación. Extranjeros que requieran asilo en Ecuador deberán presentar una solicitud verbal o escrita dentro de 90 días de haber ingresado al país.
En ese sentido, autoridades, antes de analizar el caso de quien solicita asilo, entregarán un certificado de solicitante. Esto le permite permanecer de manera regular hasta que se resuelva su caso.
Según la Asamblea Nacional del Ecuador, el proceso deberá resolverse en tres meses, dentro del cual se contempla una entrevista para recabar información y elementos de juicio. Si la persona es calificada el Estado le entregará una visa de residencia temporal.
Después de los dos primeros años, con la visa, podrá solicitar la renovación o la visa permanente. También tendrán acceso a un mecanismo para su naturalización por razones humanitarias.El referido proyecto de Ley establece derechos, obligaciones y mecanismos de protección para migrantes, emigrantes, personas retornadas, en tránsito, víctimas de trata y tráfico ilícito de personas, inmigrantes y quienes requieren de protección internacional.
¿Qué se establece como refugiado?
La norma reconoce como refugiada a la persona que debido a temores fundamentados de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, entre otros motivos, no pueda o quiera acogerse a la protección de su país, así como a quienes han huido o no pueden retornar a su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violación masiva de los derechos humanos, violencia generalizada, agresión extranjera y conflicto interno.
También, se establece como refugiado o asilado a quienes ingresan al país cuando su Estado de origen o residencia no les otorga amparo. Con esta tutela podrán acceder a derechos como al trabajo y a la educación.
El asilo es una de las figuras que solicitan quienes ingresan al país. En la norma se determina el asilo diplomático y territorial. El primero se lo concede en misiones diplomáticas o consulares a la persona cuya vida, libertad o integridad se encuentre en peligro inminente por persecución política. El segundo se lo reconoce en territorio nacional por las mismas circunstancias.
Según el proyecto de ley, las personas que no son consideradas como nacional en ningún Estado también recibirán protección internacional.