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Sanción económica para prevenir el acoso político contra las mujeres

 Esta propuesta apunta a garantizar que la participación de lideresas no se limite por acciones que deslegitimen su condición de mujer o con situaciones que restrinjan sus derechos.
Según el argumento de la Legisladora, el acoso político son los actos de presión, persecución, hostigamiento, denigración y amenazas, cometidos por una persona o un grupo, directamente o a través de terceros en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político-pública o en contra de sus familias.

Se propone que las personas que incurrieren en este tipo de hechos sean sancionados con una multa equivalente al 20% de la remuneración percibida por el infractor y la obligación de emitir públicamente las disculpas como una forma de reparación de los agravios sufridos por pare de la persona sujeta de acoso o violencia, así como restituir de forma inmediata los derechos, estado o la condición que tuviera la persona previo al cometimiento del acoso.

La Ley vigente determina que quienes realicen acciones sistemáticas de presión, hostigamiento, amenazas o cualquier acto de fuerza contra una persona que tengan por objeto restringir o impedir su acceso a puestos de elección popular; serán sancionados según el Código Penal.

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