El uso de tarjeta de crédito o de débito para consumos o retiros efectuados en el exterior están exentas de pagar el 5% del impuesto a la salida de divisas desde hoy.
El monto exento debe ser equivalente a 5000 dólares al año de acuerdo a la Ley de Equilibrio de las Finanzas Públicas, aprobada en mayo del presente año.
Los bancos privados no deberán cobrar desde hoy este impuesto de la medida que debió regir desde el pasado 1 de mayo de 2016, pero que se extendió por petición de los bancos para adecuar sus sistemas operativos.
La devolución se hará mes a mes, en función del monto total que sea necesario restituir a las personas que hagan sus consumos en el exterior.
A las personas que hicieron consumos en mayo y junio, el SRI les devolverá los impuestos cobrados en el mes de agosto de acuerdo a una publicación de Ecuavisa.
La Ley de Equilibrio de las Finanzas Públicas también aprobó el cobro de impuestos a las personas que al salir del país lleven más de 1098 dólares en efectivo, que equivalen a tres salarios básicos de 366 USD.
Si las personas viajan con menores de edad podrán sumar un salario básico unificado por cada menor de edad que lo acompañe.