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Mira las vedas de cangrejos de este 2019

Hoy empezó la segunda veda del año del cangrejo rojo que durará un mes. Estas son las vedas de los crustáceos durante el 2018

En todo el 2019 existen cinco vedas de crustáceos en los que involucra al cangrejo azul y rojo, la langosta y el camarón. El 15 de agosto inició la segunda veda del cangrejo rojo que durará hasta 15 de septiembre. Estas son las vedas de cangrejo de este 2019.

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Langosta:

La veda de la langosta va desde el 16 de enero al 16 de junio de cada año. Durante este tiempo no se puede capturar ninguna langosta por acuerdo ministerial No. 82 del 19 de diciembre del 2001.

Cangrejo azul:

Existen dos periodos de veda para este crustáceo: la primera es desde el 15 de enero al 15 de febrero. La primera es por reproducción. La segunda veda es por muda. Es decir los cangrejos azules entran en un proceso de muda o cambio de caparazón. Los mismos generan oxalato de calcio, que es perjudicial para la salud.

Camarón Somedo:

Dos periodos de veda tiene este tipo de camarón. La primera veda abarca del 1 al 31 de enero de cada año. La segunda es del 1 al 31 de diciembre. Esto por el acuerdo MAP-SRP- 2017-0074-A del 23 de noviembre del 2017 que modificó el periodo de veda.

Camarón Pomada:

La veda de este crustáceo abarca desde el 15 de febrero al 31 de marzo el 2018. Esta veda consiste en captura, procesamiento y comercialización, dicho por el acuerdo ministerial 0018 del 31 de enero del 2018.

Cangrejo Rojo:

El cangrejo rojo al igual que el azul tiene dos periodos de veda. La primera consiste por reproducción que es desde el 1 al 31 de marzo de cada año. La segunda desde el 15 de agosto al 15 de septiembre por muda de caparazón. Esto por el acuerdo ministerial 004 del 13 de enero del 2014, prohíbe la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa del cangrejo en la época de veda.

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Sanciones:

Los ciudadanos que no cumplan con la veda, serán sancionados según la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero o puestos a órdenes de la Fiscalía.

Las sanciones por incumplir el periodo de veda pueden ir de dos a diez salarios mínimos y pena privativa de uno a tres años.

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