La Fiscalía General del Estado publicó, ayer, 17 de octubre de 2016, a las 21:11 en su página web, un boletín en el que detalla que, por su participación en la Copa Libertadores, la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) transfirió 1’500.000 de dólares a Deportivo Quito. Pero los dirigentes de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) habrían entregado solo 11.000 dólares al equipo chulla. El resto del dinero lo habrían repartido entre los dirigentes de la FEF.
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Este es el resultado de un peritaje solicitado por la Fiscalía al experto Franklin G., sobre las transferencias y destinos de los recursos que ingresaban a la Ecuafútbol por la participación de equipos nacionales en la Copa Libertadores del 2012.
Esta información fue revelada el lunes 17 de octubre. Durante la audiencia de juicio por lavado de activos del caso ‘Ecuafútbol’, que continúa en el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en contra de los procesados Luis Ch. (expresidente), Hugo M. (tesorero) y Pedro V. (contador) de la FEF.
Las cuentas por la transmisión de partidos de la Selección ecuatoriana
Franklin G. por pedido de la Fiscalía, revisó los contratos realizados por la FEF y la empresa Cross Trade para la transmisión de partidos de la Selección ecuatoriana, durante el periodo 2010 – 2015.
Franklin G. afirmó ante el Tribunal que encontró 14 transferencias hechas desde la Conmebol a las cuentas de la Ecuafútbol, de ellas cinco no habrían sido registradas en las cuentas de la FEF. El perito también señaló que estas transferencias superarían los dos millones de dólares, con lo que se evidenciaría un desvío de recursos.
También, en el informe solicitado por la Fiscalía se pudo constatar que entre el 2010 y el 2013, la empresa Cross Trade acreditó más de USD 11 millones a la FEF por la transmisión de partidos de la Selección ecuatoriana. De ellos, 8 millones fueron legalmente avalados, los otros tres millones no pudieron ser justificados.
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También, entre el 2014 y el 2015, no se justificó más de un millón de dólares en la contabilidad de la FEF. Con estos datos expuestos por la Fiscalía, se comprobaría que se utilizó el prestigio de la FEF para dar legalidad al dinero que tendría procedencia ilegal.
¿Qué puede pasar?
Cuando el monto de los activos, objeto del delito, supere los 200 salarios básicos unificados, el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de 10 a 13 años por lavado de activos.