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$ 386 es la multa para moteles clausurados

Aumenta el valor de las sanciones económicas para la clausura de los establecimientos.

La provincia del Guayas concentra la mayor cantidad de moteles del Ecuador.

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Datos que recogió el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Inec) hace dos años revelan que cerca del 60% de los moteles del país se concentran en cuatro provincias: Guayas (18%), Tungurahua (16%), Pichincha (15,6%) y Manabí (8,4%).

 

Hoy, 14 de febrero 2018, estos negocios registran los picos más altos en la afluencia de enamorados y casados que buscan celebrar.

 

Los propietarios de estos negocios comenzaron desde hace día con campañas y promociones, que desde hace mucho toman fuerza en las redes sociales.

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No obstante, la Intendencia del Guayas, a través de la Gobernación, también tiene activa una campaña de comunicación sobre el incremento a las multas para los negocios, como moteles, bares, de entretimiento y demás, que no cumplan los requisitos de funcionamiento.

 

Sanciones económicas

 

La sanción económica para un establecimiento de tipo 1 (centros de tolerancia) aumentó a dos Salarios Básicos Unificados (SBU), es decir 772 dólares.

Para la categoría 2 (centros de diversión para mayores de edad) y moteles, en la categoría 8, previo a la obtención del acta de levantamiento de clausura, el propietario, administrador o representante legal deberá cancelar el valor de un 386 dólares.

Si un local enmarcado en las categorías tres (licoreras y depósitos de bebidas alcohólicas al por mayor); cuatro (locales de consumo de alimentos preparados); cinco (supermercados); siete (centros de entretenimiento); y ocho (hospedaje, excepto moteles) es clausurado, deberá pagar el 50% del SBU (193 dólares).

En tanto que el propietario de alguna tienda o abacería, encuadrada en la categoría 6 de establecimientos, tendrá que pagar el 25% de un SBU (96,50 dólares) en caso de ser sancionada con la clausura.

 

Documento

En el nuevo acuerdo ministerial 0887, expedido por el Ministerio del Interior y en vigencia desde el pasado 9 de febrero, se endurecen las multas económicas por el cometimiento de infracciones estipuladas en la normativa para la intervención de Intendentes Generales de Policía, Subintendentes y Comisarios del país.

Vale recordar que, en caso de que no se cumpla con el pago de la multa, la Intendencia General de Policía emitirá un informe debidamente motivado que será puesto en conocimiento de la Dirección Financiera del Ministerio del Interior o las unidades financieras desconcentradas  de la jurisdicción respectiva para el respectivo registro.

 

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